lunes, 17 de diciembre de 2012

Dos nuevos golpes judiciales a la reordenación del sector público


Noticia publicada por Rosalía Pena González

Dos nuevos golpes judiciales a la reordenación del sector público

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 9 de Sevilla ha estimado un recurso interpuesto a instancias de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-F) contra la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta. ¿Cuál era el objeto de litigio? La resolución de 20 de abril de 2011 de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se aprobó el protocolo de integración del personal en la Agencia Andaluza del Conocimiento, norma que el tribunal ha anulado «por no ser ajustada a derecho».
En la sentencia, a la que ha tenido acceso LA RAZÓN, tras dejar claro el interés legítimo del sindicato para recurrir, se explica que «en el protocolo de integración del personal en la Agencia Andaluza del Conocimiento se suman el Centro Andaluz de Innovación y Transferencia de Tecnología de Andalucía SAU y la Sociedad para el Impulso del Talento, Talentia SLU». El juzgado considera que todos los trabajadores que se suman como personal laboral de la agencia «han eludido el acceso» de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
«Se vulnera así –se estima– el artículo 23.2 de la Constitución que se refiere al acceso en condiciones de igualdad a los cargos y funciones públicas, que forma parte del contenido esencial de este derecho fundamental, y que es indisponible». Y se añade: «También se vulnera el artículo 14 de la Constitución, respecto a terceros ciudadanos en general a los que no se les va a permitir el acceso privilegiado por integración, reservado en exclusiva a quienes trabajaban en las empresas públicas en virtud de un régimen legal privado».
A la quiebra de esos derechos constitucionales, en la sentencia se sustenta, asimismo, la violación de «los artículos 55 y siguientes del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP)». El tribunal considera, entre otras cuestiones, que la integración en el punto de mira «produce una modificación sustancial del régimen jurídico aplicable al personal laboral procedente de los entes instrumentales sin cobertura legal alguna y vulnerando los principios de acceso al empleo público del artículo 55 del EBEP».
Y no es el único nuevo varapalo judicial a la reordenación del sector público emprendida por la Junta. La sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en Andalucía (TSJA), con sede en Granada, también ha estimado en parte otro recurso de CSI-F contra el Decreto 103/2011 de 19 de abril –de la Consejería de Presidencia–, por el que se aprueban los estatutos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales y ha declarado «la nulidad de su Disposición Adicional Segunda por vulneración de los derechos fundamentales garantizados en los artículos 14 y 23.2 de la Constitución española».
Según la Sala, el Ejecutivo regional «trata de eludir» la «exigencia de acceso, con respeto a los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad también para el personal de las agencias», que establece el EBEP, la Ley de Reordenación y los estatutos de la propia Agencia Andaluza de Instituciones Culturales. ¿Cómo? Con un «sistema excepcional de integración, carente de absoluta motivación y con una clara repercusión en los funcionarios y personal laboral fijo de la Administración de la Junta, que ven lesionados no sólo sus derechos de acceso en condiciones de igualdad, sino a los que ya hayan accedido al empleo público».
Tras aludir a «perturbaciones ilegítimas», los magistrados del Alto Tribunal andaluz consideran probada la ruptura del principio de igualdad establecido en la Carta Magna «y configurado legalmente en los artículos 55 y siguientes del EBEP». Suma y sigue que vaticinan prolongado.

http://www.larazon.es/detalle_normal/noticias/370125/local+andalucia/dos-nuevos-golpes-judiciales-a-la-reordenacion

3 comentarios:

  1. En este artículo se refleja como la administración ha vulnerado primero los principios constitucionales y con ello los principios rectores en la función pública al no respectar tampoco lo establecido en el artículo 55 del EBEP, con esta noticia tanto el juzgado de lo Contencioso-Administrativo 9 de Sevilla como la sección Tercera de la Sala de los Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia le dan la razón al sindicato de Funcionarios CSI-F legitimado para ello, alegando como dice también que se deja fuera al resto del ciudadanos que tendrían derecho al acceso al empleo público, la administración alega que es un sistema excepcional de integración pero claro carece absolutamente de motivación, que esto se permita no solo afecta a los funcionarios y labores que han entrada por los procedimientos ordinarios, concurso, concurso-oposición u oposición sino que también perjudica a terceros. Espero que salgan más sentencias que le den la razón a los legitimados para ello porque los funcionarios de la Junta de Andalucía hemos hecho una Asociación llamada Aidós y la primera sentencia la hemos ganado aunque la administración autonómica ha apelado y vamos al Supremo.

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  2. Una nueva victoria para este colectivo. Hace ya algún tiempo, muchos funcionarios decidieron ponerse en pie, levantarse, tanta era ya la indignación de los empleados del sector público que una gran cantidad de empleados de este colectivo (funcionarial) pusieron dinero de su propio bolsillo para contratar al prestigioso bufete de abogados del Catedrático en Dº Administrativo D. Manuel Clavero con un único objetivo, la defensa jurídica de sus derechos, a través de la interposición de recursos. Desde entonces, ha sido una lucha sin cuartel, sin precedentes, encabezada por este abogado y el colectivo (creando incluso una asociación: Aidós “Asociación Para La Defensa De La Admón. Pública Andaluza), como estandarte una lucha por los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, ah y no hay que olvidar el de publicidad… ya que la transparencia en estos tiempos brilla por su total ausencia.

    De momento son 8 las agencias que se han recurrido y los tribunales han paralizado ya la integración de 2.279 laborales. Estas dos últimas sentencias con tan sólo 3 días de diferencias, vamos, todo un logro para el colectivo, lo cual no viene mal en los tiempos que atravesamos de continua desmotivación.

    Continuamente escuchamos en la radio, televisión y prensa que sobran funcionarios, algo incongruente con la ley de reordenación del sector público. Como se puede decir que sobran funcionarios y a su vez querer integrar como personal funcionario a unos 30.000 empleados de diversas empresas públicas? como se les puede recortar a estos profesionales su salario, quitarles las pagas extras, reducirles los días de asuntos propios y seguir pensando en incorporar a todo este personal dentro de la Administración Andaluza? Es que este personal no nos cuesta dinero? Y encima sin haber pasado antes por ningún proceso selectivo, en fin, no hay palabras…

    En los últimos años tengo el sentimiento que todo vale en este país, es decir, que ya no se respetan ni las leyes ni la propia constitución, creándose continuamente Decretos y Reales Decretos (que además sólo deben crearse para asuntos de extraordinaria y urgente necesidad Art.86 CE) para modificar al gusto del político de turno lo que en ese momento les va a reportar algún beneficio, sin importar el daño o perjuicio que están ocasionando a tantas personas.

    Un deseo para el próximo año, que haya más sentencias como esta anulando este despropósito.



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  3. Sí, es verdad, el Gobierno Andaluz, actúa con total impunidad, da igual que tenga una tropa de Letrados en su Gabinete Jurídico, da igual que emitan informes (porque los emiten)de la ilegalidad de tal o cual actuación. Es triste que tengamos que llegar a los tribunales y es una verguenza que cada dos por tres salgan sentencias en contra de la actuación de la Administración. Ellos saben muy bien que deben o no deben hacer pero les da igual. Estoy indignada con lo que estoy viendo en los últimos años, hacen lo que le da la gana independientemente de si perjudican o no a terceros, si es o no legal, lo único que les interesa es salvar su "culo", con perdon, pero es una sinverguenzería como están llevando la cosas, a todos estos yo los mandaba a galeras. El único consuelo que nos queda es que en los tribunales parece que sigue habiendo sensatez y acato a las leyes, esas leyes que tanto proclaman a veces los mismos que las infringen siempre.

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