martes, 29 de octubre de 2013

Función Pública


Como sabemos en España hay un sistema mixto en la función pública, con tendencia a ser abierto, esto quiere decir, que no convocan plazas para oposiciones sino que ellos contratan a dedo a las personas que más le agradan,y que se saltan el mecanismo que existe para que la persona pueda entrar en la función pública, como son:

  • Para acceder a la función pública, se tiene que sustentar en los principios de mérito capacidad, y no por ser el amigo, familia del político.
  • Conjunto de reglas, para que no quede politizado la selección del empleado público, da igual en muchos sitios ni se crea el órgano de selección para elegir al empleado, sino que directamente lo contrata el político de turno.
  • La administración no tiene la plena libertad de contratar o prescindir contratos, aunque como podemos leer en los periódicos casos de empleados públicos que fueron despedidos simplemente porque fue contratado por el partido político que estaba antes gobernando.
Todos tenemos a un amigo, familiar, vecino... que se ha afiliado a un partido para que le dieran trabajo, o que se ha hecho amigo de algún político para que este en cuanto estuviera en el poder le diera un puesto de trabajo que comienza como personal laboral temporal, pero que termina siendo un personal indefinido por haber estado en fraude de ley.... Y es ahí, cuando me planteo mis dudas, para que se crea leyes de acceso a la función pública ( Ley 7/2007 EBEP) cuando solo un porcentaje muy pequeño entra acorde a lo que dice la normativa, cuando esos que entran por dedo, también forman parte de la estructura pública y terminan jubilándose en la función pública. Una solución que se me ocurrió es que las personas que no entran a través de un examen (oposición) y que son contratados por los políticos de turno, una vez que estos políticos se van del poder, porque han perdido las elecciones estas personas también se fueran, en resumida cuenta, que no fueran personal laboral temporal o indefinido sino que todos estuvieran en la condición de eventual así sería una forma, de que no hubiera más trabajadores que trabajo genera una Administración. Y que aquellos trabajos que está destinado para los laborales solo lo pudieran hacer los laborales fijos que son los que acceden mediante examen y respetándose las normas creadas para acceder a la función pública.

Opinión Personal: Gloria Gómez Muñoz
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