PERDIDA DE DÍAS DE
LIBRE DISPOSICIÓN DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS
Parece ser que
el ministro Montoro a la hora de anunciar la disminución de los días de asuntos
particulares de los funcionarios
públicos de seis a tres, se ha olvidado del origen o derecho del disfrute de
dichos días, ya que surgieron en los
primeros y malísimos años económicos del gobierno de Felipe González, años de
muchísima inflación y pérdida de poder adquisitivo para los empleados públicos, fue entonces cuando se pensó en otorgar
dichos días, como una retribución en especie, para ese perjuicio ocasionado al
sector público, a cambio de no incrementar los sueldos según el IPC, que era
del 12,2%.
Este gobierno
actual argumentando la mala situación
económica, aprobó el Real-Decreto-Ley 20/2012 de 13 de julio, de medias para
garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad,
donde recoge la modificación del artículo 48 del Estatuto Básico del Empleado
Público; en estas medidas llamadas anti
déficit por el gobierno, estaban incluidas la disminución de los días de libre disposición de todos los
funcionarios públicos.
El gobierno
con esta supresión de pérdida de tres
dias a los funcionarios, lo argumenta diciendo que con dicha supresión, pretende mejorar los servicios
públicos que se prestan generando ahorro en el funcionamiento de las
estructuras, evitando la contratación de interinos, disminuyendo la realización
de horas extraordinarias o de guardias adicionales para cubrir los servicios
durante los días de permiso.
¿Y me pregunto?
Con esta supresión de días a los funcionarios el ahorro es pequeño, sin embargo
más me inclino en pensar que con esta medida,
intenta proyectar una imagen de limpieza y austeridad de cara a la
ciudadanía, respecto a la mala prensa
que siempre se ha tenido cara al funcionario público, argumentando el gobierno
el deseo de asimilar a la función
pública con el régimen laboral en términos de actividad al sector privado, como
ahora acaba de instaurar. Por esta medida cientos de funcionarios han protestado
en la calle, la pérdida de derechos adquiridos,
ante el quebranto sucesivo al que se les han sometido, ya que la medida
de otorgar días de asuntos particulares
o de libre disposición, fue a cambio de no incrementar los sueldos.
Pero a igual
que el señor feudal, que da y quita a sus vasallos lo otorgado, y tras reducir
de seis a tres los días de libre disposición, en un claro ejercicio de birloteo
y mediante la Ley Orgánica 9/2013 de 20 de diciembre, de control de la deuda
comercial en el sector público, el poder legislativo ha otorgado un cuarto día
de asuntos propios a funcionarios, volviendo nuevamente a modificar el artículo
49.k de la Ley 7/2007 de 12 del Estatuto Básico del Empleado Público .
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