viernes, 10 de enero de 2014

REFLEXIÓN: RECLUTAMIENTO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN GENERAL.

ANA D. COBO CASTELLANO.

RECLUTAMIENTO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN GENERAL.
En función del lugar del reclutamiento puede ser interno o externo.
·         Internos:
Aunque hablemos de internos, son empleados de la administración que están incluidos en una lista donde solicitan la posibilidad de una promoción laboral, en la Administración no se puede elegir a un trabajador y darle una promoción, tiene que cumplir todos los requisitos establecidos en la normativa para ello.

·         Externos:
Cuando hablamos del externo nos encontramos con una oferta pública de empleo. Esta oferta tiene todo un procedimiento por aquello de que se cumplan los principios de mérito y capacidad, así como los de igualdad y publicidad.

FUENTES DE RECLUTAMIENTO
En la Administración Pública las  fuentes de reclutamientos están establecidas, cuando hablamos del reclutamiento para puestos eventuales, las fuentes de reclutamiento son: la propia organización o  registro o archivos en poder de la organización. En ocasiones cuando no se consiguen candidatos de estas dos formas, se puede acudir a los Servicios Públicos de Empleo o al currículum vitae entregado por los candidatos.

LOS MÉTODOS DE RECLUTAMIENTO.
Cuando hablamos de puestos fijos  o con más estabilidad, los métodos de reclutamiento están limitados a ofertas públicas. Estas ofertas deben de ser publicadas para el concurso de todos los candidatos, y como he dicho antes esta rigurosamente regulado. Para personal eventual, se contacta con ellos directamente.

LA PRESELECCIÓN.
No existe la preselección, todos aquellos candidatos que cumplan los requisitos establecido en la convocatoria publicada pasan a la selección. Por esta causa es tan importante que la convocatoria esté muy bien realizada para ajustar el número de candidatos válidos. Es muy difícil la realización de estas ofertas ya que tampoco podemos incumplir el derecho a la igualdad en el acceso a la función pública.

LA SELECCIÓN.
La selección consiste en una prueba o varias pruebas de un temario ya establecido. Puede existir una prueba práctica. Estas pruebas son evaluadas por un tribunal, que es el que emite la  resolución sobre el candidato seleccionado. Cuando se trata de OPEs para puestos muy especializados, por regla general se valoran la experiencia y el currículum vitae del candidato.

LA INTEGRACIÓN.
Con respecto a la integración el proceso es el siguiente: Llegas al centro de trabajo, firmas tu nombramiento, te indican cuál es tu puesto de trabajo, si tienes un poco de suerte tienes una mesa y un ordenador. Si tienes mucha suerte tienes una persona que va a ser tu mentor.

 REFLEXIÓN.

Como hemos podido ver a lo largo de todo el curso todo es distinto en  la Administración Pública. No podemos decir que sea ni mejor ni peor que la empresa privada, pero sí que es distinto. ¿Podemos aplicar las teorías de la empresa privada a la Administración Pública?, pues yo creo que no, ya que entiendo que el principio de la Administración Público es absolutamente distinto al de la empresa privada (beneficio económico y competitividad).

Si es verdad que la administración podría aprender algo de la empresa privada y aplicar alguna  de sus teorías, pero hay que tener en cuenta que los servicios de la administración son prestaciones y que estamos para el bien de la ciudadanía y no para otra cosa.

La Administración tiene que mejorar y sinceramente la única solución que veo a este problema es que no dejemos que los políticos utilicen la Administración como si fuera suya, debemos conseguir que las directrices políticas que marca el Gobierno sean llevadas a cabo por personal ajeno a los partidos políticos, solo una ejecución técnica y objetiva con el objetivo de ser lo más eficiente y eficaz posible sin influencia o manipulaciones políticas.

 

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