viernes, 27 de diciembre de 2013

RRHH: Empleo se propone absorber en 2014 a las inspecciones autonómicas laborales



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RRHH: Empleo se propone absorber en 2014 a las inspecciones autonómicas laborales

27/12/2013 - El Economista


El Gobierno aspira a integrar las inspecciones de Trabajo y Seguridad Social de las comunidades autónomas antes de que concluya el año 2014, lo que le obligará a elaborar y aprobar una nueva Ley Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS).
Así se recoge en el balance elaborado en noviembre de 2013 por la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA) sobre las medidas adoptadas para eliminar duplicidades administrativas, con una estimación de ahorro de 2,6 millones de euros para el Estado y de 255.013 euros para las comunidades autónomas en los tres primeros años de actuación.
Los objetivos de la medida son: la creación de una Autoridad laboral estatal dotada de competencias para resolver las sanciones propuestas por la ITSS a empresas de ámbito nacional; la instauración de la Alta Inspección del Estado en materia laboral, estableciendo una programación específica de inspecciones en materia laboral sobre todas las comunidades autónomas; y reforzar la posición organizativa- institucional de la ITSS en el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Unidad en todo el territorio
Se logrará, según las previsiones de la CORA, un fortalecimiento institucional de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social; una unidad en la actividad inspectora en las comunidades Autónomas, con servicios traspasados y aplicación uniforme de la normativa social en todo el territorio español; contribuir a la garantía de la unidad de mercado y lograr la adecuación entre la función a desarrollar y las características del Cuerpo de funcionarios a quien se encomiendan.
Con ello, se persigue la atribución de competencias inspectoras sobre empresas de ámbito nacional a una unidad especial adscrita a la Autoridad Central (también en materias de competencia de comunidades autónomas); el control la Inspección de los planes territoriales y generales de objetivos; la creación de una delegación de la Dirección Especial en Cataluña y País Vasco que se encargaría del control de las grandes empresas, utilizando para ello las actuales estructuras de las Direcciones Territoriales.
Considera la CORA que el modelo vigente de distribución competencial entre el Estado y las comunidades autónomas hace más compleja la planificación, ejecución y seguimiento y evaluación de las políticas activas de empleo y el modelo actual dificulta la coordinación entre políticas de empleo.
Se calcula en 10 meses el plazo para la tramitación y aprobación de la nueva Ley y en otros ocho para el despliegue de las medidas organizativas, delegaciones de la Dirección Especial, y creación de Unidad de Alta Inspección.
En este tiempo se pretende acabar con la actual escisión de la función pública inspectora en órganos autonómicos y estatales y con la parcelación en el ejercicio de la función inspectora. También, se trata de poner coto a que los inspectores realicen funciones de inspección que podrían ser desarrolladas, en parte, por subinspectores.
El nuevo tablón electrónico
El pasado 16 de octubre, el BOE publicaba la orden del Ministerio de Empleo Orden ESS/1892/2013, de 8 de octubre, por la que se regula el tablón de edictos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
La Ley 42/1997, de 14 de noviembre, Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, prevé que "en los supuestos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, cuando no se hubiese podido practicar la notificación de los actos administrativos, en los casos en que sea competente para ello la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, dicha notificación se hará, exclusivamente, por medio de anuncio en el tablón de edictos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social".
El objetivo de esta orden es hacer efectiva esa previsión y dar cumplimiento al mandato legal, estableciendo la gestión y funcionamiento y la publicación en el Tablón de Edictos de la ITSS, así como los efectos de los actos administrativos y comunicaciones emitidos por ella.
De su contenido destaca la unidad de tablón para todo el Sistema de ITSS y el carácter universal y gratuito de su consulta, mediante su accesibilidad a través de Internet, así como en las oficinas de la ITSS, regulándose tanto el plazo de publicación de los edictos como el plazo de exposición de los mismos, incluyéndose la regulación de los denominados edictos de conservación, atendiendo a las notificaciones de actos administrativos a las que da lugar y a la duración tanto de las actuaciones previas de comprobación como del procedimiento administrativo sancionador.                                                            

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