viernes, 8 de noviembre de 2013

LA FORMACIÓN DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS ¿INTERÉS SOCIAL O NEGOCIO?

Aportación personal: Ramón Sánchez Rendón

      Si acudimos a nuestra Carta Magna, recordamos que el artículo 7 nos dice que “Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios”. Y no podemos olvidar el punto 2 del artículo 40 donde se recoge que “Asimismo, los poderes públicos fomentarán una política que garantice la formación y readaptación profesionales;…”.

       Dicho esto, podríamos pensar que entre los intereses sociales que les son propios nos encontramos con la formación de los trabajadores y trabajadoras. No voy a discutir tal extremo, aunque ganas me dan, porque, ¿quizás entiendo por ello que los sindicatos forman parte de los poderes públicos? ¿Y estos se atribuyen tales ejercicios? Porque el artículo 40 habla de “poderes públicos”, no de fuerzas sociales. Pero en fin, esta discusión se nos antoja fuera de lugar, dado que el legislador español ha querido que dichas funciones recaigan en gran parte sobre los sindicatos; tal como se recoge en el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo y su posterior desarrollo con las subsiguientes Órdenes del Ministerio de Trabajo.

        Hemos ubicado la función de la acción formativa. Pero mi duda es si dicha responsabilidad se lleva a cabo de forma correcta y legal. No voy a entrar en valorar todas las acciones formativas realizadas por los sindicatos ni toda la función ejercida por estos en todos los sectores y/o materias. Me voy a centrar en un sector muy preciso, la Función Pública, por mi cercanía y conocimiento propio.

        Cada año podemos ver como las Administraciones Públicas lanzan su Plan de Formación Anual, donde se recogen las convocatorias para Formación General y Especializada, dirigidas a los empleados públicos. El caso concreto que voy a comentar es sobre la Administración andaluza. La Junta de Andalucía publica dicho plan a través del Instituto Andaluz de Administración Pública (IAAP), organismo encargado, entre otras funciones, de la formación del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía.

        Ya tenemos un actor de nuestro supuesto, la Administración Pública. Pero me interesa el segundo actor, los sindicatos, pues ellos son partícipes en esa función formativa de los empleados públicos, tal como hemos comentado al principio.

       Pero ¿Cómo se desarrolla tal actividad? Los sindicatos ofertan de igual manera convocatorias de cursos. Algunos de estos están dentro del Plan de Formación Anual publicado por el órgano oficial (IAAP). En otros casos son cursos específicos y especiales según el momento y la necesidad. Cursos que convocan, organizan, gestionan e imparten directamente las organizaciones sindicales. Es suya la gestión completa: contratación de personal docente, locales utilizados, medios, etc. Sólo el último paso del proceso, la acreditación y certificación de la superación de los cursos corre a cargo de la Administración (está todo regulado y controlado). Hasta ahí, todo normal. Y entonces… ¿dónde está mi disconformidad?

     Los sindicatos perciben asignaciones económicas cuantiosas de la Administración Autonómica, para el desarrollo de todas sus funciones, incluida la acción formativa de los empleados (públicos en nuestro caso). Y por tanto, se entiende que está más que cubierto el riesgo o desgaste por el desarrollo de esas actividades por parte de los sindicatos. Entonces ¿por qué ofertan cursos como si fueran una simple academia, buscando como “posesos” hacer caja? Y que me perdonen, pero es eso lo que se percibe.

     Constantemente vemos como ofertan cursos a 40 euros, a 60 euros… Y para sacar partida doble, vemos ofertas dobles, “¡¡Oferta, Oferta!! Cursos a 40 euros. Solo para afiliados, si no lo eres, te cuesta 80 euros. Pero si rellenas el cupón de afiliación te cobro 40. ¡¡Oferta, oferta!!”. 

        Y los funcionarios han acudido en masa a dichas ofertas, pagando tal como lo haría un ciudadano de la calle al acudir a una academia particular. La razón de ello, es que a los funcionarios se les valora la formación acreditada, en los concursos de traslados y en los procedimientos de ascenso (promoción interna). A más cursos realizados, más puntos. Ha llegado a existir un verdadero “mercadeo” de cursos. Se llega a hablar de la siguiente forma (y no me lo invento, es verídico): “He comprado 0,5 puntos”, “He comprado 0,25 puntos”. Y realmente les daba igual la denominación, contenido y calidad de los cursos. Sólo interesa el resultado final: la obtención del título correspondiente y los puntos a los que equivale en relación al número de horas lectivas. Al final, las segundas conversaciones que se escuchan son: “Ya tengo los 2 puntos de formación en el epígrafe 4.7 de la convocatoria. Ea, ya lo tengo cubierto. Pues ya no hago más cursos”.

         Los funcionarios pagan y los sindicatos cobran. Que me disculpen estos sindicatos, pero me parece vergonzoso. ¿Dónde se queda la función social? Porque yo solo veo la función económica propia.

         Como reflexión personal y apuntando una posible solución a este nefasto “mercadeo”, se me ocurren varias formas de acometerlo. Aunque apuntaré una muy sencilla.

        En principio, tengo que aclarar que yo considero que la formación de los empleados es imprescindible y un derecho de los trabajadores. Y en el caso que vivo de cerca, la Administración Pública Andaluza, de igual manera. Pero considero que la formación es además una obligación. Los funcionarios deben estar formados, actualizados, totalmente preparados, para ofrecer un servicio público adecuado y de calidad a los ciudadanos. 

        Y con esto ¿qué quiero decir? ¿o qué quiero proponer como solución al problema planteado? Muy sencillo. Sin olvidar que la formación es un derecho, y que es necesario seguir ofertando aquellas actividades formativas que cumplan las necesidades y expectativas del personal; es adecuado e imprescindible plantearse la formación como algo de obligado cumplimiento por parte de los funcionarios. En el caso de la Administración Andaluza sería muy acertado eliminar esa desdichada “competición” entre los empleados públicos por conseguir puntos, bastaría con que en los procesos selectivos, de ascensos y adjudicaciones de plazas no se valoraran dichos cursos como si fueran “cromos de los niños”. Y por supuesto, que la Administración tome el papel que le corresponde y no permita que las organizaciones sindicales hagan negocio a costa de los trabajadores.

Un funcionario andaluz.

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