miércoles, 13 de noviembre de 2013

PRIMERA NOTICIA BLOQUE 2. LOLA CARRASCO BERNAL



Martes, 13 de Agosto de 2013 03:14

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Recursos Humanos RRHH Press -
El GobiCastilla-La Mancha ha aprobado el decreto que regula la prestación de servicios de los empleados públicos en régimen de teletrabajo en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Según informa el Ejecutivo regional, con este decreto se regula la posibilidad de realizar el trabajo desde el domicilio u otro lugar distinto al centro de trabajo y en el horario que se acuerde con el empleado, siempre que éste no sea superior al 40% de la jornada de trabajo en su cómputo mensual, es decir, siempre será mayor el trabajo presencial que el acordado en régimen de teletrabajo.

El Gobierno autonómico ha señalado que el teletrabajo es una forma de trabajo “basada en las tecnologías de la información”, que posibilita que los empleados de una organización “puedan desarrollar total o parcialmente su jornada laboral desde un lugar distinto al de su centro de trabajo”, lo que contribuye a dar “mayor flexibilidad” en el desempeño de sus funciones y al “fomento de la conciliación del trabajo con la vida personal y familiar”.

La puesta en marcha del régimen del teletrabajo va a conseguir una “mejora de la eficacia de los servicios”, mediante la utilización de las tecnologías de la Información, al tiempo que va a permitir reordenar los procesos de trabajo que fomenten la autonomía personal y la motivación y rendimiento del personal.
Se podrán acoger a esta regulación, de forma voluntaria, todos los empleados públicos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, siempre y cuando ocupen puestos de trabajo que puedan ser desempeñados mediante teletrabajo.
Tendrán la consideración de puestos de trabajo susceptibles de ser desempeñados mediante teletrabajo aquellos en los que se realicen principalmente funciones de elaboración de informes o propuestas de resolución, estudio y análisis de proyectos, y aquellos relacionados con la gestión de las tecnologías de la información y las comunicaciones. No podrán serlo los puestos de atención directa al público ni aquellos cuyo desempeño requiera contactos personales frecuentes.
Para la puesta en marcha de este decreto se ha desarrollado un programa experimental de teletrabajo durante un año y medio en el Gabinete Jurídico de la Administración regional, un proyecto piloto que fue muy bien valorado por parte de los empleados que participaron en el mismo y que ha permitido constatar la viabilidad de esta forma de trabajo, que facilita la conciliación de la vida familiar y laboral.
 
 

2 comentarios:

  1. Comentario realizado por Mª Carmen Aranda Vergara

    En mi opinión, el teletrabajo tiene muchas ventajas tanto para el trabajador como para la Administración, pero también inconvenientes debido a que se puede no hacer un buen uso de él. De modo que, sería beneficioso implantarlo pero la Administración debería tener un exhaustivo control del trabajo realizado y de cómo y en qué condiciones se ha realizado.

    La ventaja más importante es el ahorro de costes que ello supondría, porque si implantamos el teletrabajo se ahorra en edificios, infraestructuras, facturas de luz, agua, papel, etc.

    Por otra parte, los empleados estarían más motivados y serían más productivos ya que trabajarían por objetivos. Además, para ellos, supondría una increíble comodidad, tener un horario más flexible, menor coste de desplazamiento, etc., y, por supuesto mejoraría la disponibilidad del trabajador. Con esto me refiero a que, a veces, el trabajador no puede llegar a su puesto de trabajado debido a atascos, a huelga de transportes, grandes tormentas, nevadas. Esto supone un atraso en el trabajo que podríamos ahorrarnos con la implantación del teletrabajo. En definitiva, la calidad de vida de los trabajadores sería mayor.

    Ahora bien, también habrá inconvenientes, como cuantificar la ejecución del trabajo realizado, ya que puedes utilizar mucho tiempo pero no ser de provecho, es decir, no sacar adelante el trabajo necesario. Otro inconvenientes es que no todas las tareas pueden realizarse a través del teletrabajo. Además, deberíamos tener especial cuidado en materia de protección de datos.

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  2. El teletrabajo es algo de lo que se viene hablando desde hace muchos años pero que parece que nunca será una realidad.
    En la Administración Pública en concreto creo que sería muy positivo implantar este sistema, pues sería adecuado implantarlo en puestos en los que "se realicen principalmente funciones de elaboración de informes o propuestas de resolución, estudio y análisis de proyectos, y aquellos relacionados con la gestión de las tecnologías de la información y las comunicaciones" y precisamente de estas características podemos encrontrar muchos en la Administración.
    Aunque por otro lado, segun el comentario realizado por la compañera, creo que el problema estaría en " como cuantificar la ejecución del trabajo realizado" o en el "exhaustivo control del trabajo realizado y de cómo y en qué condiciones se ha realizado".
    Desearía que los buenos resultados del proyecto piloto en las Comunidades de Castilla-La Mancha contagien al resto de las Administraciones y el teletrabajo, por fin, sea una realidad.

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