¿Qué pasa con nosotros?
Hace unas semanas, mientras leíamos sobre la Organización del Empleo
Público en clase, empecé a cuestionar y reflexionar el artículo 76 del Estatuto
Básico del Empleado Público, que establece lo siguiente:
Los cuerpos y
escalas se clasifican, de acuerdo con la titulación exigida para el acceso a
los mismos, en los siguientes grupos:
-
Grupo A, dividido en dos Subgrupos A1 y A2.
Para el acceso a
los cuerpos o escalas de este Grupo se exigirá estar en posesión del título
universitario de Grado. En aquellos supuestos en los que la Ley exija otro
título universitario será éste el que se tenga en cuenta.
La clasificación
de los cuerpos y escalas en cada Subgrupo estará en función del nivel de
responsabilidad de las funciones a desempeñar y de las características de las
pruebas de acceso.
-
Grupo B. Para el acceso a los cuerpos o escalas
del Grupo B se exigirá estar en posesión del título de Técnico Superior.
-
Grupo C. Dividido en dos Subgrupos, C1 y C2,
según la titulación exigida para el ingreso.
o
C1: título de bachiller o técnico.
o
C2: título de graduado en educación secundaria
obligatoria.
La primera duda que me surge es, aunque las OEP
son casi inexistentes en la actualidad, que tipo de reconocimiento tiene una
titulación del plan de estudios anterior. Es decir, obviamente la Ley ha de
adaptarse a este cambio en el plan de estudios, pero me pregunto si de aquí a
unos años los que hemos estudiado una diplomatura o licenciatura no
encontraremos reconocimiento de nuestra titulaciones en el caso de querer
opositar.
Esta situación no creo que esté pasando en la
actualidad, puesto que el número de graduados es menor debido a que el Grado se
implantó en las universidades hace relativamente poco tiempo.
Por este lado, en el caso de que en unos años el
título de grado sea “obligatorio” para poder opositar a un grupo A, ¿quiere eso
decir que indirectamente se nos está “obligando” a los diplomados y licenciados
a obtener los estudios de grado? ¿O es que el lugar que nos corresponde a la
hora de opositar es un grupo C? No me gustaría imaginar que los grupos A fueran
“reservados” para los graduados.
De ahí el motivo de que me surja otra duda, el tema
de los méritos y puntos, si se consiguen puntos a través de cursos, que no hay,
o través de haberte presentado a otras oposiciones, que tampoco hay, ¿cómo se
supone que alguien que tiene estudios en Gestión y Administración Pública va a
conseguir superar una oposición? ¿Tendremos que esperar a que la Administración
se “profesionalice” como se dijo por allí por la Universidad de Valencia? Si se
supone que estamos formados en la gestión pública…¿qué pasa con nosotros?
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