martes, 14 de octubre de 2014

Realizado por MARIA GALLARDO CABRALES


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LUNES, 18 DE AGOSTO DE 2014 21:44
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Recursos Humanos RRHH Press. El Diario Oficial de Galicia ha publicado hoy la resolución que aprueba las instrucciones que mejoran la flexibilidad y el teletrabajo para los empleados de la Xunta de Galicia, y que tienen como objetivo fundamental que todos los empleados públicos puedan amoldar el cumplimiento de su trabajo a sus necesidades personales, en aras de la conciliación de la vida familiar y laboral.
Según informa el Gobierno gallego, esta resolución entrará en vigor el próximo 1 de septiembre y será aplicable a todo el personal de la administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, así como a aquel que preste servicios en las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico.
Esta nueva regulación supone un avance respecto de la Orden de 20 de diciembre de 2013 por la que se reguló por primera vez en Galicia la flexibilidad horaria laboral y el teletrabajo para los empleados públicos. Además de fijar y establecer determinados criterios homogéneos y de común aplicación para todos los departamentos autonómicos, se amplían los supuestos en los que es posible solicitar el teletrabajo puesto que desde la entrada en vigor de las presentes instrucciones ya no será impedimento no disponer del sistema de control horario Kronos.
El sistema de información y control horario (Kronos) está en proceso de implantación progresiva en la Xunta y tiene por finalidad constituirse como el único sistema de información y control horario de la administración gallega. Con las nuevas instrucciones, el personal que se encuentre en centros donde el Kronos se encuentre pendiente de implantación, podrá asimismo, solicitar la prestación de servicios a distancia.
Además, las nuevas instrucciones contemplan que en los supuestos de incapacidad laboral temporal, permisos por violencia de género o cualquier otro permiso con una duración igual o superior a un mes, el trabajador podrá flexibilizar su jornada en el mes de reincorporación a su puesto de trabajo y compensar en el siguiente los eventuales desvíos.
Las nuevas instrucciones facilitan también la solicitud de flexibilidad por conciliación en el supuesto de hombres y mujeres que se encuentren en proceso de nulidad, separación o divorcio.Recursos Humanos RRHH Press. El Diario Oficial de Galicia ha publicado hoy la resolución que aprueba las instrucciones que mejoran la flexibilidad y el teletrabajo para los empleados de la Xunta de Galicia, y que tienen como objetivo fundamental que todos los empleados públicos puedan amoldar el cumplimiento de su trabajo a sus necesidades personales, en aras de la conciliación de la vida familiar y laboral.
Según informa el Gobierno gallego, esta resolución entrará en vigor el próximo 1 de septiembre y será aplicable a todo el personal de la administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, así como a aquel que preste servicios en las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico.
Esta nueva regulación supone un avance respecto de la Orden de 20 de diciembre de 2013 por la que se reguló por primera vez en Galicia la flexibilidad horaria laboral y el teletrabajo para los empleados públicos. Además de fijar y establecer determinados criterios homogéneos y de común aplicación para todos los departamentos autonómicos, se amplían los supuestos en los que es posible solicitar el teletrabajo puesto que desde la entrada en vigor de las presentes instrucciones ya no será impedimento no disponer del sistema de control horario Kronos.
El sistema de información y control horario (Kronos) está en proceso de implantación progresiva en la Xunta y tiene por finalidad constituirse como el único sistema de información y control horario de la administración gallega. Con las nuevas instrucciones, el personal que se encuentre en centros donde el Kronos se encuentre pendiente de implantación, podrá asimismo, solicitar la prestación de servicios a distancia.

Además, las nuevas instrucciones contemplan que en los supuestos de incapacidad laboral temporal, permisos por violencia de género o cualquier otro permiso con una duración igual o superior a un mes, el trabajador podrá flexibilizar su jornada en el mes de reincorporación a su puesto de trabajo y compensar en el siguiente los eventuales desvíos.

Las nuevas instrucciones facilitan también la solicitud de flexibilidad por conciliación en el supuesto de hombres y mujeres que se encuentren en proceso de nulidad, separación o divorcio.

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