LUNES, 18 DE AGOSTO DE 2014 21:44
Según informa el
Gobierno gallego, esta resolución entrará en vigor el próximo 1 de septiembre y
será aplicable a todo el personal de la administración general de la Comunidad
Autónoma de Galicia, así como a aquel que preste servicios en las entidades
públicas instrumentales del sector público autonómico.
Esta nueva regulación
supone un avance respecto de la Orden de 20 de diciembre de 2013 por la que se
reguló por primera vez en Galicia la flexibilidad horaria laboral y el
teletrabajo para los empleados públicos. Además de fijar y establecer
determinados criterios homogéneos y de común aplicación para todos los
departamentos autonómicos, se amplían los supuestos en los que es posible
solicitar el teletrabajo puesto que desde la entrada en vigor de las presentes
instrucciones ya no será impedimento no disponer del sistema de control horario
Kronos.
El sistema de
información y control horario (Kronos) está en proceso de implantación
progresiva en la Xunta y tiene por finalidad constituirse como el único sistema
de información y control horario de la administración gallega. Con las nuevas
instrucciones, el personal que se encuentre en centros donde el Kronos se
encuentre pendiente de implantación, podrá asimismo, solicitar la prestación de
servicios a distancia.
Además, las nuevas
instrucciones contemplan que en los supuestos de incapacidad laboral temporal,
permisos por violencia de género o cualquier otro permiso con una duración
igual o superior a un mes, el trabajador podrá flexibilizar su jornada en el
mes de reincorporación a su puesto de trabajo y compensar en el siguiente los
eventuales desvíos.
Las nuevas
instrucciones facilitan también la solicitud de flexibilidad por conciliación
en el supuesto de hombres y mujeres que se encuentren en proceso de nulidad,
separación o divorcio.Recursos Humanos RRHH
Press. El Diario Oficial de Galicia ha publicado hoy la resolución que aprueba
las instrucciones que mejoran la flexibilidad y el teletrabajo para los
empleados de la Xunta de Galicia, y que tienen como objetivo fundamental que
todos los empleados públicos puedan amoldar el cumplimiento de su trabajo a sus
necesidades personales, en aras de la conciliación de la vida familiar y
laboral.
Esta nueva regulación
supone un avance respecto de la Orden de 20 de diciembre de 2013 por la que se
reguló por primera vez en Galicia la flexibilidad horaria laboral y el
teletrabajo para los empleados públicos. Además de fijar y establecer
determinados criterios homogéneos y de común aplicación para todos los
departamentos autonómicos, se amplían los supuestos en los que es posible
solicitar el teletrabajo puesto que desde la entrada en vigor de las presentes
instrucciones ya no será impedimento no disponer del sistema de control horario
Kronos.
El sistema de
información y control horario (Kronos) está en proceso de implantación
progresiva en la Xunta y tiene por finalidad constituirse como el único sistema
de información y control horario de la administración gallega. Con las nuevas
instrucciones, el personal que se encuentre en centros donde el Kronos se
encuentre pendiente de implantación, podrá asimismo, solicitar la prestación de
servicios a distancia.
Además, las nuevas instrucciones contemplan que en los supuestos de incapacidad laboral temporal, permisos por violencia de género o cualquier otro permiso con una duración igual o superior a un mes, el trabajador podrá flexibilizar su jornada en el mes de reincorporación a su puesto de trabajo y compensar en el siguiente los eventuales desvíos.
Las nuevas
instrucciones facilitan también la solicitud de flexibilidad por conciliación
en el supuesto de hombres y mujeres que se encuentren en proceso de nulidad,
separación o divorcio.
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